Capítulo VII
El Patrimonio del Partido

ARTICULO 104.

El Patrimonio de Partido está constituido por:

ARTÍCULO 105.

Las empresas, propiedades, bienes y otros valores del Partido que posea de manera directa o indirecta serán administrados por la Estructura de Dirección Económica.

ARTÍCULO 106.

La Estructura de Dirección Económica tiene la responsabilidad de velar porque las empresas del Partido y en las que éste tenga intereses, mantengan un registro contable profesional de las operaciones y sus presupuesto respectivos.

ARTÍCULO 107.

Las empresas y personas naturales que administren propiedades, bienes o valores del Partido no podrán alquilar, vender, hipotecar, ni disponer de los mismos ni realizar proyectos de inversiones sin la aprobación. de !a Estructura de Dirección Económica pero esta la estructura económica podrá hacer operaciones y transacciones hasta B/20 000.00 sin autorización de los organismos superiores, previa presentación y sustentación del proyecto respectivo del Presidium

ARTICULO 108.

El Presupuesto General del Partido será integrado con el presupuesto anual de: